Comunicado No 24 – Diciembre 2024

Comunicado No 24 – Diciembre 2024

Comunicado SAT – Prórroga habilitar Buzón Tributario

 El 30 de diciembre de 2024, el Servicio de Administración Tributaria (“SAT”) dio a conocer un comunicado mediante la cual se informa a los contribuyentes una prórroga para habilitar el Buzón Tributario hasta el 31 de diciembre de 2025; incumplir con esta obligación fiscal después de este plazo será motivo de infracción ya que desde el ejercicio fiscal de 2020 habilitar el Buzón Tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto es obligatorio para todos los contribuyentes personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes.

Les recordamos que el servicio del Buzón Tributario es el medio de contacto y comunicación por parte de SAT, cuyo objetivo es simplificar la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de interés de manera ágil y segura a los contribuyentes. Para consultas o dudas se puede visitar el siguiente vinculo:

http://omawww.sat.gob.mx/BuzonTributario/Paginas/index.html

En FRALLA contamos con un equipo de especialistas que podrán apoyarlos en el proceso de activación y/o renovación de los medios de contacto mediante el aplicativo del Buzón Tributario.

A continuación, ponemos a su disposición el vínculo en el cual puede ser consultada más a detalle la referida publicación:

https://www.gob.mx/sat/prensa/sat-da-prorroga-para-habilitar-buzon-tributario-074-2024?idiom=es



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Comunicado No 22 – Octubre 2024

Renovación de Archivos Digitales

Comunicado No 22 – Octubre 2024

Renovación de Archivos Digitales
Revocación de Certificados Digitales

El día de hoy se reportó la revocación masiva de certificados digitales de e.firma tanto de personas físicas como de personas morales, señalando como estatus de dichos certificados el de “Revocado con fecha del 23 de octubre de 2024”.

Hasta el momento, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no ha emitido ningún comunicado oficial respecto a esta situación; sin embargo, en las últimas horas, el estatus de los certificados de e.firma de algunos contribuyentes ha sido modificado a “Activo”, resarciéndose el posible error informático de los sistemas del SAT.

Recomendamos consultar la vigencia de sus certificados de e.firma corroborando el correcto funcionamiento de los mismos. Así como estar atentos de la reactivación de los mismos en caso de aún aparecer con el estatus de “Revocado”.

Ponemos a tu disposición el vínculo donde puede consultado el estatus de tu certificado digital de e.firma:

https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/RecuperacionDeCertificados/faces/consultaCertificados.xhtml

 

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Comunicado No 21 – Octubre 2024

Comunicado No 21 – Octubre 2024

Minisitio Adeudos Fiscales

En días recientes el Servicio de Administración Tributaria (“SAT”) dio a conocer en sus redes sociales el nuevo Minisitio de Adeudos Fiscales donde señala de manera general las facilidades de pago para adeudos fiscales (solicitudes de pago a plazos, así como disminución de recargos y multas) con las que los contribuyentes cuentan, así como los canales de atención correspondientes.

En FRALLA contamos con un equipo especializado que puede apoyarte en trámites para pago de adeudos fiscales y regularización de tu situación fiscal.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultado el Minisitio:

http://omawww.sat.gob.mx/adeudos_fiscales/Paginas/facilidades_pago.html

 

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Flash Fiscal No 32 – Octubre 2024

Flash Fiscal No 32 – Octubre 2024

Listado Global Definitivo Artículo 69-B CFF

El día 18 de octubre de 2024 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Oficios Nos. 500-05-2024-18415, 500-05-2024-18442, 500-05-2024-18557 y
500-05-2024-18622 mediante los cuales se comunican los listados globales definitivos de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, esto es, aquellos contribuyentes que no desvirtuaron los hechos que las autoridades fiscales en el ejercicio de sus atribuciones y facultades les imputaron y, por tanto, se considera que emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.

Ponemos a su disposición los vínculos donde pueden ser consultadas dichas publicaciones:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5741332&fecha=18/10/2024#gsc.tab=0

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5741333&fecha=18/10/2024#gsc.tab=0

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5741335&fecha=18/10/2024#gsc.tab=0

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5741336&fecha=18/10/2024#gsc.tab=0

 

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Flash Fiscal No 31 – Octubre 2024

Flash Fiscal No 31 – Octubre 2024

Listado Global de Presunción Artículo 69-B CFF

El día 18 de octubre de 2024 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Oficios Nos. 500-05-2024-18379 y 500-05-2024-18517 mediante los cuales se comunican los listados globales de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, esto es, aquellos contribuyentes que fueron detectados por las autoridades fiscales a través del ejercicio de sus atribuciones y facultades, emitiendo comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, por lo que se presume la inexistencia de las operaciones amparadas con dichos comprobantes.

Ponemos a su disposición los vínculos donde pueden ser consultadas dichas publicaciones:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5741331&fecha=18/10/2024#gsc.tab=0

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5741334&fecha=18/10/2024#gsc.tab=0

 

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Flash Fiscal No 30 – Octubre 2024

Flash Fiscal No 30 – Octubre 2024

Segunda Modificación al Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024

El 15 de octubre de 2024 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) la Segunda Modificación al Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 correspondiente a las fichas de trámites fiscales, mediante la cual se modificaron ciertas fichas de trámite relativas al Código Fiscal de la Federación, así como al Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultada dicha publicación:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5741091&fecha=15/10/2024#gsc.tab=0

 

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Flash Fiscal No 29 – Octubre 2024

Flash Fiscal No 29 – Octubre 2024

Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y Anexos 1, 3 y 7

El 11 de octubre de 2024 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 (“Segunda RMF 2024”) y sus Anexos 1, 3, y 7, la cual en términos generales entró en vigor al día siguiente de su publicación, esto es el 12 de octubre de 2024, excepto por aquellas disposiciones dadas a conocer de manera anticipada.

Mediante dicha publicación destacan las siguientes modificaciones:

  • Cédula de datos fiscales

Las personas físicas que deseen contar con sus datos fiscales podrán obtener la Cédula de datos fiscales, la cual será remitida a la dirección de correo electrónico que se tenga previamente registrada ante el Servicio de Administración Tributaria (“SAT”).

  • Pagos mensuales del Régimen Simplificado de Confianza de personas físicas

A partir del ejercicio 2024, los contribuyentes personas físicas que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza considerarán los pagos mensuales efectuados como definitivos, por lo que quedarán relevados de presentar la declaración anual, únicamente por los ingresos que correspondan a dicho régimen.

  • Personas físicas que pueden tributar en el Régimen Simplificado de Confianza

Las personas físicas dedicadas a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas que sean socios o accionistas de uniones de crédito o sociedades cooperativas de producción, ahora están en posibilidad de tributar bajo el Régimen Simplificado de Confianza. Dichos contribuyentes deberán presentar un caso de aclaración a través del Portal del SAT, señalando el supuesto en el que se encuentran para poder tributar en este régimen.

  • Retención del impuesto al valor agregado por parte de plataformas digitales de intermediación cuando los pagos se depositan en cuentas en el extranjero

Se adiciona una nueva regla que establece el procedimiento que deberán seguir las plataformas digitales de intermediación entre terceros, residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México y aquéllas residentes en el país, que cobren por cuenta del oferente de bienes las contraprestaciones y el impuesto al valor agregado (“IVA”) correspondiente y depositen en cuentas bancarias o de depósito ubicadas en el extranjero, para retener a los oferentes de los bienes la totalidad del IVA de las enajenaciones en las que actúen como intermediarios y efectuar su entero ante las autoridades fiscales en México.

  • Decreto del “Buen fin” para incentivar el uso de pagos electrónicos

Derivado del Decreto publicado el pasado 2 de septiembre de 2024 en el DOF por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos, se publican diversas reglas en las cuales se especifican los lineamientos que se deben cumplir para la correcta aplicación del mencionado estímulo.

  • Criterios no vinculativos y criterio normativo

Mediante el Anexo 3 se da a conocer dos nuevos criterios no vinculativos fiscales en materia de deducibilidad de erogaciones para efectos del impuesto sobre la renta cuando no se cuente con la documentación que soporte la efectiva prestación de los servicios a los contribuyentes, así como en materia de impuesto al valor agregado cuando no se efectúe retención de dicho impuesto en el supuesto de que se adquieran bienes de un residente en el extranjero sin establecimiento permanente en el país, estando obligado al pago del impuesto por la realización de actividades gravadas.

Finalmente, mediante el Anexo 7 se da a conocer un nuevo criterio normativo fiscal que prevé una definición de lo que debe entenderse por servicios digitales de intermediación para efectos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultada dicha publicación:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5740913&fecha=11/10/2024#gsc.tab=0

 

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Flash Fiscal No 28 – Octubre 2024

Flash Fiscal No 28 – Octubre 2024

SAT Simplifica Trámites y Brinda Facilidades a los Contribuyentes

El 3 de octubre de 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer el comunicado 055/2024 a través del cual informó que a partir de octubre se simplifican algunos trámites y se otorgan facilidades a los contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza.

  • Trámite del RFC y e.firma

Para la inscripción en el RFC ya no se requiere que los contribuyentes personas físicas y morales realicen la preinscripción en el Portal del SAT previo a su cita.

Para la inscripción en el RFC y e.firma de contribuyentes personas físicas ahora solo se requiere presentar credencial para votar vigente expedida por el INE.

Para la renovación de la e.firma de personas físicas que tengan menos de un año de vencida, se puede realizar por canales remotos y, en caso de hacerlo en las oficinas del SAT, se debe presentar únicamente una memoria USB.

  • Constancia de Situación fiscal

Se puede obtener en las oficinas del SAT solo con huella digital o credencial para votar vigente y desde cualquier lugar a través de medios electrónicos.

Se habilita la Cédula de datos fiscales para consultar de manera más práctica datos como RFC, régimen fiscal, y código postal.

  • Régimen Simplificado de Confianza

Los contribuyentes que tributen en este régimen quedan exentos de presentar declaración anual.

Los contribuyentes dedicados a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas que sean socios o accionistas de uniones de crédito, ahora pueden tributar en este régimen.

Las personas físicas que salieron del régimen pueden volver al mismo mediante un caso de aclaración o con un aviso de actualización de actividades.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultada dicha publicación:

https://www.gob.mx/sat/prensa/sat-simplifica-tramites-y-brinda-facilidades-a-los-contribuyentes-055-2024

 

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Flash Fiscal No 27 – Septiembre 2024

Flash Fiscal No 27 – Septiembre 2024

Estímulos Fiscales para Incentivar el Uso de Medios de Pago Electrónicos

El 2 de septiembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos (El Decreto) aplicables a “El Buen Fin” que se llevará a cabo del 15 al 18 de noviembre de 2024.

El Decreto otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que, mediante un sorteo, premien a los tarjetahabientes que realicen compras de bienes o de servicios en ese periodo, utilizando medios electrónicos de pago como tarjetas bancarias y departamentales. El importe de los premios otorgados se podrá acreditar contra el impuesto sobre la renta propio o el retenido a terceros sin que la suma total del monto exceda en su conjunto 500 millones de pesos.

Asimismo, se podrá aplicar este estímulo respecto de las compras de bienes o servicios realizadas mediante tarjetas de servicios operadas en México, por entidades comerciales que no pertenezcan al sistema financiero, que a través de un contrato que regule el uso de las mismas, permitan a sus usuarios personas físicas su utilización en diversos comercios afiliados a dichas entidades diferentes a la emisora de la tarjeta.

El acreditamiento contra el impuesto sobre la renta a su cargo o el retenido a terceros podrá realizarse, hasta agotarse, a partir del mes siguiente a aquél en el que se realice la entrega de premios a cada ganador y una vez que se haya entregado al SAT la información que determine a través de las reglas de carácter general.

En materia de contribuciones locales, el Decreto establece que los impuestos estatales que se generen con motivo de la obtención de los premios del sorteo realizado por el SAT serán cubiertos por la Federación a la entidad federativa donde se entregue el premio a través de los procedimientos previstos en las leyes de la materia.

Finalmente, se establece que, los beneficiarios no se encontrarán obligados a presentar el aviso establecido por el Código Fiscal de la Federación en materia de acreditamientos de estímulos fiscales y el importe de los premios entregados a las personas físicas, derivados del sorteo, no se considerarán ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultada dicha publicación:

DOF – Diario Oficial de la Federación

 

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Comunicado No 20 – Septiembre 2024

Comunicado No 20 – Septiembre 2024

Registro ante el Instituto FONACOT

¿Ya cuentas con tu registro ante el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (FONACOT)?

Recuerda que es obligación de los patrones registrarse ante el FONACOT para que los trabajadores puedan ser sujetos del crédito que proporciona dicho Instituto. La afiliación es gratuita y no convierte al patrón en deudor solidario del crédito que se haya concedido al trabajador.

Asimismo, dicho registro es necesario para el proceso de inscripción y/o renovación de prestadores de servicios u obras especializadas ante la plataforma REPSE.

En FRALLA contamos con un equipo especializado que puede apoyarte en el trámite de registro ante el FONACOT para que puedas acreditar el debido cumplimiento con tus obligaciones patronales y evitar la imposición de multas que pueden ir hasta por un monto de $162,855 por no contar con dicho registro.

 

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