Flash General No 10 – Junio 2024

Flash General No 10 – Junio 2024

Sistema Electrónico de Recepción de Solicitudes de Acuerdos Conclusivos

El 17 de junio de 2024 la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente dio a conocer el Boletín 05/2024 a través del cual informó que, a partir del 1° de julio de 2024, la recepción de solicitudes de acuerdos conclusivos se efectuará exclusivamente mediante el Sistema Electrónico de Recepción de Solicitudes de Acuerdos Conclusivos (SERAC) y de manera presencial.

Ponemos a su disposición el vínculo en el cual puede ser consultada más a detalle el referido Boletín:

https://www.prodecon.gob.mx/wp-content/uploads/2024/06/Boletin-05-2024-AC.pdf

 

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Flash General No 9 – Junio 2024

Flash General No 9 – Junio 2024

Reforma a la Ley de Amparo en Materia de Suspensión del Acto Reclamado e Inconstitucionalidad de Normas Generales

El 14 de junio de 2024 fue publicada en la Edición Vespertina del Diario Oficial de la Federación (“DOF”), el Decreto por el que se reforman los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de suspensión del acto reclamado e inconstitucionalidad de normas generales.

La figura de suspensión del acto reclamado se encuentra regulada a fin de que los particulares, al momento de promover una demanda de Amparo, soliciten una medida cautelar para que no se le generen efectos negativos o irreparables con la aplicación de la norma, mientras se resuelve si dicho acto reclamado es constitucional o no.

Previo a la publicación de esta reforma, de manera excepcional los Jueces estaban facultados para conceder la suspensión con efectos generales, cuando se acreditara una afectación al interés social, de tal manera que la protección del Amparo y las medidas cautelares se extendieran a personas distintas a quien originalmente promovió el juicio de Amparo.

Mediante dicha reforma, las suspensiones otorgadas por los Jueces ya no podrán tener efectos generales en aquellos juicios de Amparo donde se combatan leyes o normas generales. Esto implica que la suspensión sólo aplicará para la persona o personas que promovieron el juicio de Amparo.

Ponemos a su disposición el vínculo en el cual puede ser consultada la referida publicación:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5730585&fecha=14/06/2024#gsc.tab=0

 

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Flash General No 8 – Junio 2024

Flash General No 8 – Junio 2024

Implementación del Buzón IMSS y sus Efectos Legales

El pasado 7 de junio fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (el “DOF”), el Decreto a través del cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, en materia de herramientas digitales.

Anteriormente, las notificaciones electrónicas eran opcionales y requerían la conformidad expresa del patrón o sujeto obligado. A través de dicha reforma, se establece formalmente la operación y administración del nuevo Buzón IMSS, como un sistema de comunicación electrónico, en el cual el Instituto Mexicano del Seguro Social (el “IMSS”) podrá realizar citatorios, notificaciones, emplazamientos de cualquier acto, requerimientos de información o resoluciones administrativas que emita en documentos digitales.

Por su parte, los particulares podrán presentar promociones, solicitudes, avisos o dar cumplimiento a sus obligaciones y requerimientos, así como realizar consultas sobre su situación fiscal y administrativa ante el Instituto.

Es importante destacar que las actuaciones realizadas a través del Buzón IMSS, el cual se implementa en la página electrónica del IMSS www.imss.gob.mx, producirán los mismos efectos legales que los documentos firmados autógrafamente y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio.

Cuando las personas particulares no habiliten, señalen datos erróneos, no registren o no actualicen sus medios de contacto, el IMSS podrá efectuar sus notificaciones por estrados.

Por lo anterior, el IMSS deberá emitir dentro de los 60 días posteriores a la publicación de la citada reforma, los trámites y servicios disponibles en el Buzón IMSS, así como sus reglas de carácter general para su operación.

En tanto no se publiquen dichas reglas generales, serán aplicables los “Lineamientos Generales para el Uso del Buzón IMSS”, aprobados por el H. Consejo Técnico mediante Acuerdo ACDO.AS2.HCT.240620/170.P.DIR, publicado el 9 de julio de 2020 en el DOF.

 

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Flash General No 7 – Junio 2024

Flash General No 7 – Junio 2024

Indice Nacional de Precios al Consumidor

El 10 de junio de 2024 el Instituto Nacional de Estadística y Geografía dio a conocer, a través del Diario Oficial de la Federación, el Índice Nacional de Precios al Consumidor para el mes de mayo de 2024, el cual corresponde a 134.087.

Dicho índice muestra una variación de -0.19 por ciento respecto del índice correspondiente al mes de abril de 2024, que fue de 134.336, generándose una inflación acumulada para el ejercicio de 2024 de 1.29 por ciento.

Ponemos a su disposición el vínculo en el cual puede ser consultada la referida publicación:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5729985&fecha=10/06/2024#gsc.tab=0

 

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Flash Fiscal No 16 – Junio 2024

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Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y Anexos 1, 1-A, 9, 11, 14, 15, 23, 29 y 30

El 4 de junio de 2024 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 (“Primera RMF 2024”) y sus Anexos 1, 1-A, 9, 11, 14, 15, 23, 29 y 30, la cual en términos generales entró en vigor al día siguiente de su publicación, esto es el 5 de junio de 2024, excepto por aquellas disposiciones dadas a conocer de manera anticipada.

Mediante dicha publicación destacan las siguientes reformas:

  • Inscripción en el RFC

Se confirma la publicación realizada mediante la segunda versión anticipada de la Primera RMF 2024, a través de la cual se estableció la posibilidad de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (“RFC”) de mexicanos que viven en el extranjero sin obligaciones fiscales en México; personas físicas que únicamente perciban ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, así como de personas físicas sin obligaciones fiscales, atendiendo para tales efectos a lo previsto por la ficha de trámite 321/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas a través de oficina virtual” contenida en el Anexo 1-A de la RMF 2024.

  • Reanudación de actividades en el RFC de contribuyentes suspendidos del RESICO

Mediante la publicación de la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 publicada en el DOF el 18 de octubre de 2023 y, posteriormente, en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 publicada en el DOF el 29 de diciembre de 2023, se estableció la posibilidad, para los contribuyentes personas físicas que hubieran sido suspendidos de tributar en términos del Régimen Simplificado de Confianza (“RESICO”) por haber detectado que en un ejercicio fiscal, no emitieron comprobantes fiscales, no presentaron pago mensual alguno, ni la declaración anual del ejercicio fiscal, de reanudar su situación fiscal atendiendo a lo establecido en dicha regla, facilidad que se mantiene mediante la publicación de la Primera RMF 2024.

  • Factor de acumulación por depósitos o inversiones en el extranjero

Llama la atención que, expirada la fecha para la presentación de la declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2023, las autoridades fiscales dan a conocer el factor de acumulación aplicable al monto del depósito o inversión al inicio del ejercicio fiscal de 2023, el cual es de 0.0000; sin embargo, en el aplicativo para la presentación de la declaración anual mencionada se consideraba el factor de 0.0000.

  • Anexo 1 Primera RMF 2024

Se da a conocer el “Formato de Inscripción al RFC a través de oficina virtual”.

  • Anexo 9 RMF 2024

Se da a conocer la tabla que contiene los factores para la actualización de deducciones, tratándose de personas físicas que obtengan ingresos por la enajenación de bienes inmuebles y que ejerzan la opción prevista por la regla 3.15.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.

Ponemos a su disposición el vínculo en el cual puede ser consultada la referida publicación:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5729388&fecha=04/06/2024#gsc.tab=0

 

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Flash General No 6 – Mayo 2024

Flash General No 6 – Mayo 2024

Indice Nacional de Precios al Consumidor

El 10 de mayo el Instituto Nacional de Estadística y Geografía dio a conocer, a través del Diario Oficial de la Federación, el Índice Nacional de Precios al Consumidor para el mes de abril de 2024, el cual corresponde a 134.336.

Dicho índice muestra una variación de 0.20 por ciento respecto del índice correspondiente al mes de marzo de 2024, que fue de 134.065, generándose una inflación acumulada para el ejercicio de 2024 de 1.47 por ciento.

Ponemos a su disposición el vínculo en el cual puede ser consultada la referida publicación:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5726267&fecha=10/05/2024#gsc.tab=0

 

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Comunicado No 15 – Mayo 2024

Comunicado No 15 – Mayo 2024

Informativas Subcontratación

En términos de las disposiciones en materia de subcontratación a manera de recordatorio el día de hoy, 17 de mayo de 2024, vence la obligación de presentar la declaración informativa correspondiente al cuatrimestre enero-abril de 2024 ante el IMSS e INFONAVIT.

 

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Mayo de 2024

Ciudad de México, México

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Comunicado No 14 – Abril 2024

Comunicado No 14 – Abril 2024

Inscripción al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores

El 4 de abril de 2024 se publicó el “Decreto mediante el cual se reforma la fracción III del artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo” modificando el importe de las multas sobre el incumplimiento de algunas obligaciones patronales, entre las más importantes resalta la afiliación del centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Instituto FONACOT).

De acuerdo con el dictamen presentado por el Congreso de la Unión, la Reforma se da con el objetivo de fomentar el consumo, la actividad económica e impulsar la inclusión financiera de la economía mexicana. Asimismo, derivado de las modificaciones que han surgido en materia laboral, y en concreto en materia de subcontratación de servicios especializados de personal, la inscripción al Instituto FONACOT se ha convertido en un requisito y tema de inspección para las empresas que prestan y obtienen estos servicios especializados de personal.

El proceso de afiliación es un proceso gratuito y ágil, por lo que recomendamos ampliamente revisar la situación particular de cada patrón, persona física o moral, para asegurar el correcto cumplimiento de dicha obligación.

En FRALLA contamos con personal especializado que podrá apoyar en la revisión de la afiliación de tu centro de trabajo, a fin de evitar posibles multas al respecto.

 

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Abril de 2024

Ciudad de México, México

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Comunicado No 13 – Abril 2024

Comunicado No 13 – Abril 2024

Declaración Anual ISR PF 2024

Durante el mes de abril las personas físicas se encuentran obligadas a presentar su declaración anual de ISR, en la cual deberán manifestar la información correspondiente a los diferentes ingresos obtenidos durante el ejercicio fiscal correspondiente, así como las deducciones autorizadas y/o personales que resulten aplicables para cada caso particular, atendiendo a los topes previstos en las disposiciones fiscales.

Por tal motivo, para quienes integramos FRALLA será un privilegio poder apoyarlos en la elaboración y revisión del contenido de la declaración anual de ISR que deban presentar este mes de abril, verificando que toda la información que se encuentra precargada en los sistemas del SAT sea correcta, así como que el cálculo para la determinación del ISR sea bien determinado, para que en caso que se obtenga un saldo a favor se proceda a su recuperación lo más pronto posible.

Asimismo, en su caso, nuestros servicios abarcarían la elaboración de los cálculos que se deberán realizar respecto a las inversiones mantenidas en el extranjero durante el ejercicio fiscal del 2023 (en caso de haber mantenido este tipo de inversiones), para efectos de determinar el ajuste anual por inflación, ganancias de capital, intereses, ganancias o pérdidas cambiarias, dividendos, retenciones de impuestos y demásefectos fiscales que se deben considerar por dichas inversiones de conformidad con lo dispuesto en las disposiciones fiscales aplicables, en adición por supuesto a todos los ingresos acumulables nacionales que se hubieran percibido en el ejercicio fiscal del 2023 y la revisión de los datos a informarse, tales como préstamos, donativos, premios, entre otros supuestos.

En FRALLA, no solo te ofrecemos servicios de asesoría fiscal de alta calidad, sino que también podemos impartir cursos especializados para que tu equipo esté completamente preparado y actualizado en cuanto a las normativas fiscales vigentes y la presentación de sus declaraciones anuales de ISR.

Será un placer apoyarlos en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales como personas físicas en tiempo y forma, por cualquiera de nuestras vías de contacto estamos para servirles.

 

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Abril 2024

Ciudad de México, México

 

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Flash General No 5 – Marzo 2024

Flash General No 5 – Marzo 2024

Indice Nacional de Precios al Consumidor

El pasado 8 de marzo el Instituto Nacional de Estadística y Geografía dio a conocer, a través del Diario Oficial de la Federación, el Índice Nacional de Precios al Consumidor para el mes de febrero de 2024, el cual corresponde a 133.681

Dicho índice muestra una variación de 0.09 por ciento respecto del índice correspondiente al mes de enero de 2024, que fue de 133.555, generándose una inflación acumulada de 0.99 por ciento hasta el primer bimestre de 2024.

Ponemos a su disposición el vínculo en el cual puede ser consultada la referida publicación:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5719602&fecha=08/03/2024#gsc.tab=0

 

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