Comunicado No 8 – Julio 2026
Como hemos mencionado en flashes previos, la Ley del Impuesto sobre la Renta contempla la posibilidad de que los contribuyentes personas morales del régimen general puedan solicitar la aplicación de un coeficiente menor al que venían aplicando y, en consecuencia, se reduzcan sus pagos provisionales de ISR a partir del segundo semestre del ejercicio de que se trate, siempre y cuando se cumpla con los diferentes requisitos establecidos para tales efectos, entre los cuales se encuentra el presentar la solicitud correspondiente un mes antes de la determinación del pago provisional al que se le quiera aplicar el nuevo coeficiente.
En FRALLA podemos apoyar a nuestros clientes a evaluar la conveniencia de la disminución del coeficiente de los pagos provisionales de ISR, así como en la presentación y seguimiento de la solicitud ante las autoridades fiscales.