Flash General No 10 – Julio 2025

Te recordamos que el pasado 17 de junio de 2025 entró en vigor la denominada “Ley Silla”, que impone a los patrones proveer el número suficiente de asientos o sillas con respaldo a todos los trabajadores en los sectores de servicios, comercio y centros de trabajo análogos, para la ejecución de sus funciones o para el descanso periódico durante la jornada laboral, buscando prohibir que se obligue a los trabajadores a permanecer de pie durante toda su jornada laboral o les permita tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones.
En este sentido, los patrones que no respeten esta normativa podrán enfrentar multas de entre 250 y 2,500 veces la UMA, que van de $28,285 a $282,850 pesos y, en casos de reincidencia, suspensiones temporales de actividades. Asimismo, los trabajadores podrán denunciar irregularidades de forma anónima ante la STPS o la PROFEDET.
Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultada dicha publicación:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5745676&fecha=19/12/2024#gsc.tab=0
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