Flash Fiscal No 6 – Marzo 2022
TERCERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES (PRIMERA VERSIÓN ANTICIPADA)
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer hoy, 9 de marzo de 2022, la primera versión anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022, en la cual destacan los siguientes cambios:
Complemento carta porte
Se prevé la modificación al artículo Cuadragésimo Séptimo Transitorio de la RMF para 2022 para establecer que se considera que cumplen con lo dispuesto en las diversas reglas relativas al uso del complemento carta porte aquellos contribuyentes que expidan el CFDI con dicho complemento hasta el 30 de septiembre de 2022 y este no cuente con la totalidad de los requisitos contenidos en el Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte publicado en el portal del SAT.
Cabe destacar que el SAT dio a conocer a través de diversos medios, incluidas sus redes sociales, un comunicado en el cual señala la situación anterior. Dicho comunicado puede ser consultado en el vínculo siguiente: https://www.gob.mx/sat/prensa/el-sat-extiende-periodo-de-transicion-para-emitir-sin-sanciones-el-complemento-carta-porte-al-30-de-septiembre-de-2022-013-2022?idiom=es
Estímulo fiscal complementario a combustibles automotrices
En relación con el Decreto por el que se establecen estímulos fiscales complementarios a los combustibles automotrices publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 4 de marzo de 2022 se prevé la adición de una regla para establecer que los contribuyentes que apliquen dicho estímulo y cuyo excedente que no se haya acreditado podrá solicitarse en devolución utilizando el Formato Electrónico de Devolución (FED) disponible en el portal del SAT. La cantidad que resulte procedente se devolverá en un plazo máximo de trece días hábiles siguientes a la fecha en que se presente la solicitud estableciendo la regla los casos en que dicho plazo será o no aplicable. De igual se prevé la mecánica de actualización de dicho saldo a favor.
A continuación, ponemos a su disposición el vínculo en donde pueden ser consultada más a detalle la referida versión anticipada:
https://www.sat.gob.mx/normatividad/22375/versiones-anticipadas-de-la-rmf
SEGUNDA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RMF 2022
En relación con nuestra Flash No. 5 hoy, 9 de marzo de 2022, fue publicada en el DOF la Segunda Resolución de Modificaciones a la RMF para 2022.
En términos generales, en dicha publicación no se adicionaron o modificaron reglas adicionales a las establecidas en la segunda versión anticipada, no obstante, sugerimos a nuestros lectores revisar a detalle la publicación a fin de detectar si existe algún cambio que sea aplicable a su operación.
A continuación, ponemos a su disposición el vínculo en donde pueden ser consultada más a detalle la referida publicación:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5645025&fecha=09/03/2022
Quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración en relación con la presente publicación.
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Marzo de 2022
Ciudad de México, México