Flash Fiscal No 3 – Enero 2025

Flash Fiscal No 3 – Enero 2025

DECRETO estímulos fiscales “Plan México”

En línea con lo señalado en el “Plan México” presentado el 13 de enero de 2025 por la titular del Ejecutivo Federal, mismo que contempla ciertas iniciativas y metas para impulsar el desarrollo económico y social del país hasta el 2030, el 21 de enero de 2025 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para apoyar la estrategia nacional denominada “Plan México”, para fomentar nuevas inversiones, que incentiven programas de capacitación dual e impulsen la innovación”. A través de dicho Decreto, se establecen dos estímulos fiscales aplicables a personas morales que tributen en el régimen general o en el régimen simplificado de confianza, así como para personas físicas con actividades empresariales y profesionales.

1. Deducción inmediata de inversiones

Este estímulo fiscal consistente, en términos generales, en la deducción inmediata de la inversión que se realice en bienes nuevos de activo fijo adquiridos a partir de la entrada en vigor del referido Decreto y hasta el 30 de septiembre de 2030, destinados exclusivamente a la realización de su actividad principal, mediante la aplicación de por cientos superiores a los previstas en la Ley del Impuesto sobre la Renta para las inversiones de que se trate.



2. Deducción adicional por gastos de capacitación e innovación

A través de este estímulo fiscal, se otorga una deducción adicional equivalente al 25% del incremento en: a) el gasto erogado por concepto de capacitación que reciba cada trabajador activo registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y b) los gastos de innovación referentes a proyectos de inversión para obtención de patentes o certificaciones iniciales que requieran los contribuyentes para su integración a las cadenas de provedurías local/regional.

Para efectos de estos estímulos, se prevé la creación de un “Comité de Evaluación” que estará a cargo de analizar los requisitos que deben cumplir los proyectos de inversión, así como emitir la constancia de cumplimiento a los contribuyentes interesados en aplicar los referidos estímulos.

Recomendamos revisar con detenimiento los requisitos aplicables para cada estímulo fiscal, así como los casos de excepción.

De igual manera, con motivo de la entrada en vigor del referido Decreto quedan sin efectos el “Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales a sectores clave de la industria exportadora, consistentes en la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo y la deducción adicional de gastos de capacitación”, publicado en el DOF el 11 de octubre de 2023, así como las modificaciones al mismo publicadas el 24 de diciembre de 2024. En términos generales, dicho Decreto contemplaba los estímulos fiscales antes descritos con algunas diferencias medulares, tales como el que los estímulos resultaban aplicables sólo a ciertos contribuyentes de ciertas industrias y que, la aplicación de los mismos, no se encontraba sujeta a una aprobación por parte de un Comité de Evaluación.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultada dicha publicación:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5747410&fecha=21/01/2025#gsc.tab=0

                                                                                            *​         ​*         ​​*         ​​*

Comparte esta noticia

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Suscripción Enviada con Exito

Se ha enviado un correo de confirmación.

Por favor revisa tu bandeja de entrada, si no lo encuentras ahí revisa en correos no deseados o spam.

Tu mensaje se envió sin problema

Pronto nos pondremos en contacto contigo

Gracias por escribir a Fralla.