Flash Fiscal No 21 – Septiembre 2021

Flash Fiscal No 21 – Septiembre 2021

3ra Publicación Tasas Efectivas ISR Grandes Contribuyentes

En relación con nuestro Flash Fiscal No. 15 y No. 19, el día 5 de septiembre de 2021 el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer mediante su página de internet la tercera publicación respecto a tasas efectivas de impuesto sobre la renta para la medición de riesgos impositivos correspondientes a setenta y nueve nuevas actividades económicas para los ejercicios fiscales desde 2016 a 2019 sobre el padrón de grandes contribuyentes.

De acuerdo con el comunicado, las referidas setenta y nueve actividades económicas contemplan doce sectores económicos, entre los que destacan: comercio al por mayor, comercio al por menor, dirección de corporativos y empresas, industrias manufactureras, servicios de apoyo a los negocios, servicios de salud y de asistencia social, servicios inmobiliarios y de alquiler de bienes muebles e intangibles, servicios profesionales.

Además de reiterar la invitación a los contribuyentes para consultar la tasa efectiva de impuesto correspondiente a la actividad económica a la que pertenecen y compararla con la tasa efectiva propia para medir sus riesgos impositivos y, en su caso, corregir su situación fiscal mediante la presentación de las declaraciones anuales complementarias correspondientes para minimizar la posibilidad de revisiones profundas orientadas a corroborar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales, las autoridades fiscales también señalan en el comunicado que han contactado vía buzón tributario a aquellos contribuyentes cuya tasa efectiva se encuentra por debajo de las dadas a conocer para que realicen su análisis y, voluntariamente, corrijan su situación fiscal.

Derivado de lo anterior, en FRALLA ponemos a su disposición nuestros servicios de consultoría y asesoría fiscal con el objeto de determinar el riesgo impositivo señalado por las autoridades fiscales y, en su caso, definir las medidas pertinentes que deberán ser tomadas a fin de evitar actos de molestia por parte de las autoridades fiscales en el marco de la nueva política de fiscalización.

A continuación, ponemos a su disposición el vínculo en donde se puede consultar más a detalle la publicación en comento.

http://omawww.sat.gob.mx/TasasEfectivasISR/Paginas/documentos/TasasEfectivasISRGrandesContribuyentes_tercera.pdf

Quedamos a sus órdenes para cualquier aclaración o comentario que se requiera respecto a esta publicación.

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Septiembre 2021

Ciudad de México, México

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