Flash Fiscal No 20 – Agosto 2021

Flash Fiscal No 20 – Agosto 2021

Cumplimiento en Materia de Subcontratación

Como lo comentamos en nuestro Flash Fiscal No. 18, el próximo 1 de septiembre del presente año entrarán en vigor ciertas disposiciones transitorias del Decreto por el que se reforman diversas disposiciones en materia de subcontratación[1] publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de abril de 2021, las cuales implicarán la adopción de procedimientos administrativos de revisión para los contribuyentes que contraten servicios especializados.

Derivado de lo anterior, en FRALLA nos ponemos a su disposición para llevar a cabo dichos servicios entre los cuales se incorporan los siguientes:

1) Revisión de las operaciones a celebrarse o celebradas con los principales proveedores, prestadores de servicios en general con objeto de verificar si dichas operaciones se encontrarían dentro del alcance de la Reforma en materia de subcontratación.

2) Revisión o due diligence de los proveedores que presten servicios especializados o lleven a cabo la ejecución de obras especializadas con objeto de verificar el debido cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Reforma en materia de subcontratación, en las que se incluyen las siguientes:

i. Revisión de los contratos a celebrarse con los referidos proveedores, particularmente de las actividades a realizar, así como los objetos sociales tanto del cliente como de los proveedores;

ii. Verificación del alta en Registro de Prestadores de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE);

iii. Revisión y verificación de la presentación del aviso ante las autoridades locales de la Ciudad de México con motivo de la celebración de contratos de subcontratación (servicios u obras especializadas);

iv. Revisión de la información que deberá ser proporcionada de forma periódica por dichos proveedores al cliente.

Por último, reiteramos nuestro compromiso en la prestación de nuestros servicios con la intención de evitar riesgos o contingencias en materia de subcontratación con estricto apego a la legislación aplicable.

 

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Agosto 2021

Ciudad de México, México

[1] Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo; de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; del Código Fiscal de la Federación; de la Ley del Impuesto sobre la Renta; de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; de la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Subcontratación Laboral

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