Flash Fiscal No 19 – Septiembre 2022
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer la primera versión anticipada de la Octava Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022, de la cual consideramos destacan los siguientes cambios:
-
Reintegro de cantidades
Se prevé la adición de la regla 2.3.17. que establece que las personas físicas y morales que deban reintegrar alguna cantidad recibida por concepto de devoluciones autorizadas que no resulten procedentes lo harán mediante una línea de captura que deberá solicitarse mediante el procedimiento establecido en la ficha de trámite 319/CFF “Reintegros” contenida en el Anexo 1-A que, en términos generales, prevé que deberá presentarse un escrito firmado por el contribuyente o el representante legal manifestando ciertos datos, mismo que podrá ser presentado en el Portal o en las oficinas del SAT.
-
Cambio de domicilio
Se prevé la modificación de la regla 2.5.11. para establecer que los contribuyentes que únicamente perciban ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado podrán realizar el trámite de cambio de domicilio a través de la Oficina Virtual de conformidad con la ficha de trámite 77/CFF “Aviso de cambio de domicilio fiscal a través del Portal del SAT, en la Oficina del SAT o en la Oficina Virtual” contenida en el Anexo 1-A y cuya modificación en esta versión anticipada incorpora los requisitos y procedimientos para el trámite a través de la referida Oficina Virtual.
A continuación, ponemos a su disposición el vínculo en donde pueden ser consultada más a detalle la referida publicación:
https://www.sat.gob.mx/normatividad/22375/versiones-anticipadas-de-la-rmf
Quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración en relación con la presente publicación.
* * * *
Ciudad de México, México
Septiembre 2022