Flash Fiscal No 7 – Abril 2026
Ayer, 9 de abril de 2026, fue publicado en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), el “Decreto por el que se reforma el artículo 141 del Código Fiscal de la Federación” el cual entra en vigor al día siguiente de su publicación.
Mediante dicha reforma al artículo 141 del Código Fiscal de la Federación se busca eliminar la obligatoriedad del orden (prelación) de las formas en que los contribuyentes pueden garantizar el interés fiscal.
Asimismo, mediante disposiciones transitorias se prevé que en los procedimientos de garantía del interés fiscal iniciados entre el 1 de enero de 2026 y la entrada en vigor del Decreto, así como las garantías constituidas durante dicho periodo conforme al orden previamente establecido en el artículo 141, se podrán sujetar a lo establecido en el texto reformado siempre que el contribuyente lo solicite expresamente ante la autoridad dentro de los treinta días naturales siguientes a la entrada en vigor del Decreto, quien resolverá la solicitud en un plazo no mayor a veinte días hábiles.
Ponemos a su disposición el enlace en el cual se puede consultar la referida publicación:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5784518&fecha=09/04/2026#gsc.tab=0