Comunicado No 20 – Septiembre 2024
¿Ya cuentas con tu registro ante el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (FONACOT)?
Recuerda que es obligación de los patrones registrarse ante el FONACOT para que los trabajadores puedan ser sujetos del crédito que proporciona dicho Instituto. La afiliación es gratuita y no convierte al patrón en deudor solidario del crédito que se haya concedido al trabajador.
Asimismo, dicho registro es necesario para el proceso de inscripción y/o renovación de prestadores de servicios u obras especializadas ante la plataforma REPSE.
En FRALLA contamos con un equipo especializado que puede apoyarte en el trámite de registro ante el FONACOT para que puedas acreditar el debido cumplimiento con tus obligaciones patronales y evitar la imposición de multas que pueden ir hasta por un monto de $162,855 por no contar con dicho registro.
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