Noticias Generales

Flash Fiscal No 22 – Julio 2024

Flash Fiscal No 22 – Julio 2024

Listado Global Definitivo Artículo 69-B BIS CFF

El día 5 de Julio de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Oficio No. 900-04-00-00-00-2024-80 mediante el cual se comunica el listado global definitivo de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto por el noveno párrafo del artículo 69-B BIS del Código Fiscal de la Federación, esto es, aquellos contribuyentes que no desvirtuaron los hechos que las autoridades fiscales en el ejercicio de sus atribuciones y facultades les imputaron y, por tanto, se considera que efectuaron la transmisión indebida del derecho a disminuir pérdidas fiscales por virtud de su participación en un proceso de reestructuración, escisión o fusión de sociedades, o bien, de un cambio de accionistas, dejando, dichos contribuyentes, de formar parte del grupo al que pertenecieron.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultada dicha publicación:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5732476&fecha=05/07/2024#gsc.tab=0

 

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Flash General No 11 – Julio 2024

Flash General No 11 – Julio 2024

IMSS Vigila Cumplimiento de Obligaciones Patronales

Mediante comunicado No. 334/2024 publicado el 3 de julio de 2024, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) señaló que a través de la Dirección de Incorporación y Recaudación, ha utilizado diversas estrategias para vigilancia del debido cumplimiento de los patrones en materia de seguridad social, con objeto de verificar el pago oportuno de las cuotas que permitan garantizar la protección de los derechos de las personas trabajadoras.

A través de diversos programas de fiscalización el IMSS ha optimizado el ejercicio de sus facultades económico-coactivas, diseñando aplicativos que permiten a los particulares y a las entidades públicas verificar de manera directa la situación fiscal de una empresa, por ejemplo, a través de la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en materia de Seguridad Social (Opinión del Cumplimiento).

Asimismo, a través del “Reporte Personalizado de Cotización en el IMSS” (RPCI), el Instituto ha dado acceso a toda persona trabajadora para que pueda conocer y dar seguimiento a su registro ante el IMSS, lo que les permite conocer en tiempo real qué patrón las registró, con qué salario y cuántos días durante un mes. Las personas trabajadoras pueden obtener su RPCI descargando en sus teléfonos celulares la App IMSS Digital y registrándose una sola vez con su Número de Seguridad Social, CURP y un correo electrónico.

Dicha herramienta vinculada al canal de denuncia http://www.imss.gob.mx/denuncia, permite restituir los derechos de las personas trabajadoras que proporcionen elementos respecto de incumplimientos en materia de seguridad social.

Por su parte, mediante comunicado publicado el 5 de julio de 2024, el IMSS refrenda acciones de fiscalización específicas respecto del sector de limpieza, cuyos actos de fiscalización han determinado 186 millones de pesos, 4 con autocorrección y el resto con resolución determinativa de crédito fiscal; detectándose 21,997 personas trabajadoras omisas y 19,563 subdeclaradas.

Con base en dichas acciones, el IMSS ha logrado un mayor cumplimiento en el pago oportuno por parte del sector patronal.

Ponemos a su disposición los vínculos en los cuales pueden ser consultados más a detalle los referidos Comunicados:

https://www.gob.mx/imss/prensa/vigila-imss-cumplimiento-de-obligaciones-patronales-para-restituir-y-proteger-derechos-de-personas-trabajadoras?idiom=es

https://www.gob.mx/imss/prensa/el-imss-vigila-el-cumplimiento-de-obligaciones-de-patrones-del-giro-de-limpieza?idiom=es

El FRALLA contamos con un equipo especializado para brindar apoyo a los patrones en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social, así como en el acompañamiento en los procesos de fiscalización llevado a cabo por el Instituto y la atención oportuna de requerimientos y/o invitaciones, para verificar el cumplimiento de dichas obligaciones.

 

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Comunicado No 16 – Junio 2024

Comunicado No 16 – Junio 2024

Primer Periodo General de Vacaciones PRODECON 2024

El 25 de junio de 2024 la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) dio a conocer el Boletín 06/2024, a través del cual se recuerda que mediante el Acuerdo General 010/2023, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 14 de diciembre de 2023 se dio a conocer el primer periodo general de vacaciones de la PRODECON, el cual comprende del 18 de julio al 31 de julio de 2024, reanudando labores el 1° de agosto del 2024.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultada dicha publicación:

https://www.prodecon.gob.mx/wp-content/uploads/2024/06/Boletin-06_periodo-vacacional-ok.pdf

 

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Flash Fiscal No 21 – Junio 2024

Flash Fiscal No 21 – Junio 2024

Complemento Carta Porte Versión 3.1

El 17 de junio de 2024 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través de su Portal de Internet la versión 3.1 del Complemento de Carta Porte, misma que entrará en vigor el próximo 17 de julio de 2024.

Adicionalmente, fueron publicadas ciertas modificaciones a los catálogos de dicho complemento, diferentes instructivos de llenado de acuerdo con el tipo de transporte y el documento que contiene las preguntas frecuentes.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultados dicha información:

http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/complemento_carta_porte.htm

 

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Flash Fiscal No 20 – Junio 2024

Flash Fiscal No 20 – Junio 2024

Listado Global de Presunción Artículo 69-B CFF

El 20 de junio de 2024 se publicó en el Diario oficial de la Federación el Oficio No. 500-05-2024-12626 mediante el cual se comunica el listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, esto es, aquellos contribuyentes que fueron detectados por las autoridades fiscales a través del ejercicio de sus atribuciones y facultades, emitiendo comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, por lo que se presume la inexistencia de las operaciones amparadas con dichos comprobantes.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultada dicha publicación:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5730990&fecha=20/06/2024#gsc.tab=0

 

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Flash Fiscal No 19 – Junio 2024

Flash Fiscal No 19 – Junio 2024

Listado Global Definitivo Artículo 69-B CFF

El 20 de junio de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Oficio No. 500-05-2024-12709, mediante el cual se comunica el listado global definitivo de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, esto es, aquellos contribuyentes que no desvirtuaron los hechos que las autoridades fiscales en el ejercicio de sus atribuciones y facultades les imputaron y, por tanto, se considera que emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultada dicha publicación:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5730991&fecha=20/06/2024#gsc.tab=0

 

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Flash Fiscal No 18 – Junio 2024

Flash Fiscal No 18 – Junio 2024

Cierre Oficinas SAT en Nuevo León

El 20 de junio de 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer el Comunicado de Prensa 036/2024 a través del cual se informa que, el jueves 20 de junio de 2024 permanecerán cerradas las Oficinas de Atención y el Módulo en Nuevo León afectados con la entrada de la tormenta tropical Alberto, que impacta en diversos municipios del estado.

Asimismo, se señala que las citas que los contribuyentes tengan confirmadas para trámites presenciales se reprogramarán cuando se reanuden la atención de servicio.

Se recomienda estar atentos a la información que publique el SAT, a través de sus diversos medios oficiales de comunicación.

Ponemos a su disposición el vínculo en el cual puede ser consultada más a detalle el referido Comunicado:

https://www.gob.mx/sat/prensa/cierran-oficinas-del-sat-en-nuevo-leon-por-tormenta-tropical-alberto-036-2024?idiom=es

 

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Flash General No 10 – Junio 2024

Flash General No 10 – Junio 2024

Sistema Electrónico de Recepción de Solicitudes de Acuerdos Conclusivos

El 17 de junio de 2024 la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente dio a conocer el Boletín 05/2024 a través del cual informó que, a partir del 1° de julio de 2024, la recepción de solicitudes de acuerdos conclusivos se efectuará exclusivamente mediante el Sistema Electrónico de Recepción de Solicitudes de Acuerdos Conclusivos (SERAC) y de manera presencial.

Ponemos a su disposición el vínculo en el cual puede ser consultada más a detalle el referido Boletín:

https://www.prodecon.gob.mx/wp-content/uploads/2024/06/Boletin-05-2024-AC.pdf

 

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Flash General No 9 – Junio 2024

Flash General No 9 – Junio 2024

Reforma a la Ley de Amparo en Materia de Suspensión del Acto Reclamado e Inconstitucionalidad de Normas Generales

El 14 de junio de 2024 fue publicada en la Edición Vespertina del Diario Oficial de la Federación (“DOF”), el Decreto por el que se reforman los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de suspensión del acto reclamado e inconstitucionalidad de normas generales.

La figura de suspensión del acto reclamado se encuentra regulada a fin de que los particulares, al momento de promover una demanda de Amparo, soliciten una medida cautelar para que no se le generen efectos negativos o irreparables con la aplicación de la norma, mientras se resuelve si dicho acto reclamado es constitucional o no.

Previo a la publicación de esta reforma, de manera excepcional los Jueces estaban facultados para conceder la suspensión con efectos generales, cuando se acreditara una afectación al interés social, de tal manera que la protección del Amparo y las medidas cautelares se extendieran a personas distintas a quien originalmente promovió el juicio de Amparo.

Mediante dicha reforma, las suspensiones otorgadas por los Jueces ya no podrán tener efectos generales en aquellos juicios de Amparo donde se combatan leyes o normas generales. Esto implica que la suspensión sólo aplicará para la persona o personas que promovieron el juicio de Amparo.

Ponemos a su disposición el vínculo en el cual puede ser consultada la referida publicación:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5730585&fecha=14/06/2024#gsc.tab=0

 

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Flash General No 8 – Junio 2024

Flash General No 8 – Junio 2024

Implementación del Buzón IMSS y sus Efectos Legales

El pasado 7 de junio fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (el “DOF”), el Decreto a través del cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, en materia de herramientas digitales.

Anteriormente, las notificaciones electrónicas eran opcionales y requerían la conformidad expresa del patrón o sujeto obligado. A través de dicha reforma, se establece formalmente la operación y administración del nuevo Buzón IMSS, como un sistema de comunicación electrónico, en el cual el Instituto Mexicano del Seguro Social (el “IMSS”) podrá realizar citatorios, notificaciones, emplazamientos de cualquier acto, requerimientos de información o resoluciones administrativas que emita en documentos digitales.

Por su parte, los particulares podrán presentar promociones, solicitudes, avisos o dar cumplimiento a sus obligaciones y requerimientos, así como realizar consultas sobre su situación fiscal y administrativa ante el Instituto.

Es importante destacar que las actuaciones realizadas a través del Buzón IMSS, el cual se implementa en la página electrónica del IMSS www.imss.gob.mx, producirán los mismos efectos legales que los documentos firmados autógrafamente y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio.

Cuando las personas particulares no habiliten, señalen datos erróneos, no registren o no actualicen sus medios de contacto, el IMSS podrá efectuar sus notificaciones por estrados.

Por lo anterior, el IMSS deberá emitir dentro de los 60 días posteriores a la publicación de la citada reforma, los trámites y servicios disponibles en el Buzón IMSS, así como sus reglas de carácter general para su operación.

En tanto no se publiquen dichas reglas generales, serán aplicables los “Lineamientos Generales para el Uso del Buzón IMSS”, aprobados por el H. Consejo Técnico mediante Acuerdo ACDO.AS2.HCT.240620/170.P.DIR, publicado el 9 de julio de 2020 en el DOF.

 

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