Noticias Generales

Comunicado No 20 – Diciembre 2025

Comunicado No 20 – Diciembre 2025

Simulador declaración anual 2025 personas morales

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer mediante un comunicado del 1 de diciembre de 2025 que pone a disposición de las personas morales el simulador de la declaración anual 2025 para el Régimen General y para el Régimen Simplificado de Confianza.

De acuerdo con el comunicado, la nueva plataforma incorpora la siguiente precarga de información:

– Pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio.
– PTU pagada en el ejercicio.
– Retenciones efectivamente pagadas (ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios, arrendamiento y RESICO).
– CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones.
– Remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos, subsidio para el empleo, entre otros.

Por último, el SAT informa que si se requiere modificar los ingresos o cualquier otro dato precargado se deberán presentar declaraciones complementarias. Cuando exista un saldo a cargo, la actualización de la información será visible 48 horas después del pago. Si el saldo es en ceros tardará 24 horas en verse reflejado.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultado dicho comunicado:

https://www.gob.mx/sat/prensa/sat-pone-a-disposicion-de-personas-morales-el-simulador-para-declaracion-anual-2025-061-2025?idiom=es

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Flash General No 18 – Noviembre 2025

Flash General No 18 – Noviembre 2025

Índice Nacional de Precios al Consumidor

Hoy, 10 de noviembre de 2025, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía dio a conocer, a través del Diario Oficial de la Federación, el Índice Nacional de Precios al Consumidor para el mes de octubre de 2025, el cual corresponde a 141.708.

Dicho índice muestra una variación de 0.36 por ciento respecto del índice correspondiente al mes de septiembre de 2025, que fue de 141.197. La inflación anual fue de 3.57% en octubre de 2025.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultada dicha publicación:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5772420&fecha=10/11/2025#gsc.tab=0

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Comunicado No 19 – Noviembre 2025

Comunicado No 19 – Noviembre 2025

Precierre fiscal 2025

Con vistas al cierre del ejercicio fiscal 2025, en FRALLA consideramos que es el momento oportuno para realizar un “precierre” del ISR anual, a fin de estimar el resultado fiscal del ejercicio y, en su caso, tomar las medidas pertinentes.

A continuación, mencionamos algunos puntos que consideramos relevantes para la revisión del “precierre” del ejercicio fiscal 2025 considerando lo que la autoridad fiscal ha priorizado en sus revisiones en fechas recientes:

I. Determinación ISR 2025 – PTU

a) Cierre anual de 2025

En FRALLA estamos a sus órdenes a fin de que podamos revisar en conjunto con sus equipos internos: i) la determinación preliminar del resultado fiscal del ejercicio 2025, ii) los ingresos acumulables, iii) las deducciones autorizadas, iv) la determinación de la PTU, v) el coeficiente de utilidad para los pagos provisionales de ISR para 2026 (en caso de no estar en el régimen de RESICO), vi) determinación del ajuste anual por inflación y las ganancias / pérdidas cambiarias, o bien, vii) alguna otra operación que pudiera tener un impacto en la determinación y pago del ISR de 2025.

Asimismo, ponemos a su disposición nuestros servicios para fines de revisar las operaciones y transacciones llevadas a cabo en este ejercicio fiscal a fin de identificar aquellas que pudieran tener un tratamiento especial como la fusión, escisión, venta de algún activo fijo, acciones, reparto de dividendos en especie o sin pago, préstamos, entre otras; y de igual forma verificar el soporte documental de cualquier acto corporativo llevado a cabo asentado en actas de asamblea, considerando los cambios a la legislación fiscal vigente.

b) Limitante a la deducción de intereses

La limitante a la deducción de intereses que excedan del 30% de la utilidad fiscal ajustada. Dicha restricción es aplicable a los grupos o partes relacionadas cuyos intereses devengados a su cargo excedan de $20,000,000 de pesos. Asimismo, como parte de dicha limitante se establece que los intereses no deducibles determinados en un ejercicio podrán ser deducidos en los 10 ejercicios siguientes hasta agotarse, para lo cual se deberán adicionar a los intereses netos del ejercicio siguiente.

Para la presentación de la declaración anual de ISR de 2025, en FRALLA podemos ayudar a nuestros clientes a determinar si algunos de los intereses no deducibles calculados en ejercicios preliminares podrán deducirse en el ejercicio 2025 o bien, en la determinación de los intereses no deducibles del ejercicio fiscal 2025 y sus efectos en el ajuste anual por inflación.

c) Operaciones con entidades o figuras extranjeras

Dentro de la reforma a la legislación fiscal del ejercicio de 2020 se aprobaron algunas modificaciones que su entrada en vigor quedó diferida para el ejercicio de 2021 en materia del reconocimiento de los efectos que pudieran detonar el tener una estructura en el extranjero que involucre entidades o figuras extranjeras, así como operaciones a través de un acuerdo estructurado con partes relacionadas en el extranjero con ingresos sujetos a REFIPRE o mecanismos híbridos.

Al respecto, en FRALLA estaríamos en posibilidad de revisar la(s) estructura(s) actual(es) mantenida(s), así como las entidades o figuras extranjeras que formen parte de la(s) misma(s), a efecto de determinar el tratamiento fiscal aplicable, tasas de retención, razón de negocios y materialidad en las operaciones llevadas a cabo.

En materia de operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero, en FRALLA nos ponemos a su disposición a fin de revisar las tasas de retención utilizadas, emisión del CFDI anual de pagos con fuente de riqueza en México y, en su caso, el impuesto retenido al residente en el extranjero, revisión de las constancias de residencia fiscal del año de la operación, comprobantes fiscales emitidos en el extranjero con base en las facilidades previstas a través de reglas de carácter general, origen del flujo, contratos celebrados, materialidad y razón de negocios de cada operación.

II. Otros temas relevantes

a) Documentación soporte CUCA/CUFIN y Certificación de Pasivos

Dentro de la reforma a la legislación fiscal vigente a partir del ejercicio 2021 se prevé que las personas morales deberán contar con la documentación soporte de las Cuentas de Capital de Aportación (CUCA) y la Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (CUFIN), así como de las actas de asamblea cuando involucren aportaciones en especie o capitalización de pasivos, reembolsos, pagos de dividendos en especie, o sin pago, entre otros. Dentro de dicha documentación se incluyen estados de cuenta, avalúos, contratos de préstamo, etc.

En materia de pérdidas fiscales por amortizar, recomendamos revisar que las deducciones autorizadas cumplan con requisitos fiscales, hacer cruces con los CFDI’s, revisar la materialidad y entregables recibidos en las operaciones llevadas a cabo.

En FRALLA ayudamos a nuestros clientes en la revisión y emisión de nuestras recomendaciones para determinación de las cuentas fiscales (CUCA, CUFIN y pérdidas fiscales) a efecto de revisar, confirmar y, en su caso, complementar la documentación soporte con la que se deberá contar para estos efectos.

Por lo que respecta a la capitalización de pasivos, se incluyó en la legislación aplicable que los contribuyentes deberán contar con una certificación que avale la existencia contable del pasivo y el valor correspondiente; tal certificación deberá emitirse por un Contador Público Inscrito ante el SAT.

En FRALLA contamos con contadores públicos registrados ante las autoridades fiscales que estarían en posibilidad de emitir la certificación correspondiente por la capitalización de pasivos, así como la dictaminación de operaciones de compraventa de acciones.

b) Beneficiario Controlador

Recomendamos a nuestros lectores revisar que se obtenga y conserve como parte de su contabilidad, la información fidedigna, completa y actualizada de sus beneficiarios controladores, en la forma y términos que las autoridades fiscales han señalado mediante reglas de carácter general.

En este sentido, en FRALLA nuestros servicios incluyen el apoyar a los equipos internos del área legal o de contabilidad de nuestros clientes a determinar la información que deberá tenerse como parte de la contabilidad respecto de los beneficiarios controladores de las entidades, sociedades o fideicomisos, así como a revisar que la documentación e información que se tenga cuente con todos los requisitos necesarios en caso de que sea solicitada por las autoridades fiscales.

c) Prevención de lavado de dinero

En julio de 2025 fue reformada la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) coloquialmente denominada Ley Antilavado. Como parte de dicha reforma fueron incorporadas nuevas obligaciones para los sujetos obligados (personas físicas y morales que realizan actividades vulnerables en términos de dicha ley), así como para las personas morales en general y, adicionalmente, se incorporó una nueva actividad vulnerable y se precisaron las ya existentes.

En Fralla podemos apoyarlos para revisar si la actividad económica pudiera ser considerada actividad vulnerable en términos de la LFPIORPI y, en tal caso, revisar las obligaciones a las que estaría sujeto, así como el cumplimiento periódico de dichas obligaciones.

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Flash Fiscal No 29 – Noviembre 2025

Flash Fiscal No 29 – Noviembre 2025

Sexta Resolución de Modificaciones a la RMF 2025 Versión anticipada (segunda)

El 1 de noviembre de 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer en su portal de internet la segunda versión anticipada de la Sexta Resolución de Modificaciones a la RMF 2025. Dicha versión anticipada contempla los siguientes cambios:

  • Modificaciones al Capítulo 11.4. Del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos, publicado en el DOF el 31 de octubre de 2025
  • Modificaciones al Anexo 1 de la RMF 2025 que contiene las formas oficiales fiscales

La primera versión anticipada de dicha Resolución ya contemplaba algunos cambios como formalidades para la expedición del billete de depósito (modificación a la regla 2.12.12), requisitos para operar como órgano certificador autorizado por el SAT (modificación a la regla 2.18.1), entre otros, así como modificaciones al Anexo 1-A de la RMF 2025 que contiene los trámites fiscales.

Ponemos a su disposición el vínculo en el cual se puede consultar la referida publicación:

https://www.sat.gob.mx/minisitio/NormatividadRMFyRGCE/normatividad_rmf_rgce2025.html

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Flash Fiscal No 28 – Noviembre 2025

Flash Fiscal No 28 – Noviembre 2025

Estímulo fiscal para incentivar el uso de medio de pago electrónicos

El 31 de octubre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos (el “Decreto”) aplicables a “El Buen Fin” que se llevará a cabo del 13 al 17 de noviembre de 2025.

El Decreto otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que, mediante un sorteo, premien a los tarjetahabientes que realicen compras de bienes o de servicios en ese periodo, utilizando medios electrónicos de pago como tarjetas bancarias y departamentales. El importe de los premios otorgados se podrá acreditar contra el impuesto sobre la renta propio o el retenido a terceros sin que la suma total del monto exceda en su conjunto 500 millones de pesos.

Asimismo, se podrá aplicar este estímulo respecto de las compras de bienes o servicios realizadas mediante tarjetas de servicios operadas en México, por entidades comerciales que no pertenezcan al sistema financiero, que a través de un contrato que regule el uso de las mismas que hayan celebrado con la Cámara de Compensación para Pagos con Tarjetas y/o Empresa Especializada, permitan a sus usuarios personas físicas su utilización en diversos comercios afiliados a dichas entidades diferentes a la emisora de la tarjeta.

El acreditamiento contra el impuesto sobre la renta a su cargo o el retenido a terceros podrá realizarse, hasta agotarse, a partir del mes siguiente a aquél en el que se realice la entrega de premios a cada ganador y una vez que se haya entregado al SAT la información que determine a través de las reglas de carácter general.

En materia de contribuciones locales, el Decreto establece que los impuestos estatales que se generen con motivo de la obtención de los premios del sorteo realizado por el SAT serán cubiertos por la Federación a la entidad federativa donde se entregue el premio a través de los procedimientos previstos en las leyes de la materia.

Finalmente, se establece que, los beneficiarios no se encontrarán obligados a presentar el aviso establecido por el Código Fiscal de la Federación en materia de acreditamientos de estímulos fiscales y el importe de los premios entregados a las personas físicas, derivados del sorteo, no se considerarán ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta.

Ponemos a su disposición el vínculo en el cual se puede consultar la referida publicación:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5771537&fecha=31/10/2025#gsc.tab=0

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Flash Fiscal No 27 – Octubre 2025

Flash Fiscal No 27 – Octubre 2025

Publicación modificación al Anexo 1-A de la RMF 2025

Con motivo de la publicación el pasado 22 de octubre de 2025 de la Quinta Resolución de Modificaciones a la RMF 2025, el día de ayer, 28 de octubre de 2025, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación la cuarta modificación del Anexo 1-A de la RMF 2025 que contiene los trámites fiscales y que contempla, entre otros, los siguientes cambios:

 

  • Ficha de trámite 40/CFF Solicitud de inscripción en el RFC de trabajadores. Se precisa que la solicitud de inscripción deberá presentarse a más tardar dentro del mes siguiente al día en que inicien la prestación de los servicios.

 

  • Derogación de las fichas de trámite 1/LISH, 2/LISH, 3/LISH, 4/LISH y 6/LISH relativas a trámites de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.

 

Ponemos a su disposición el vínculo en el cual se puede consultar la referida publicación:

 

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5771083&fecha=28/10/2025

 

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Flash General No 16 – Octubre 2025

Flash General No 16 – Octubre 2025

Índice Nacional de Precios al Consumidor

Hoy, 10 de octubre de 2025, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía dio a conocer, a través del Diario Oficial de la Federación, el Índice Nacional de Precios al Consumidor para el mes de septiembre de 2025, el cual corresponde a 141.197.

Dicho índice muestra una variación de 0.23 por ciento respecto del índice correspondiente al mes de agosto de 2025, que fue de 140.867. La inflación anual fue de 3.76% en septiembre de 2025.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultada dicha publicación:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5769740&fecha=10/10/2025#gsc.tab=0

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Flash Fiscal No 26 – Octubre 2025

Flash Fiscal No 26 – Octubre 2025

Quinta Resolución de Modificaciones a la RMF 2025 Versión anticipada (segunda)

El 6 de octubre de 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer en su portal de internet la segunda versión anticipada de la Quinta Resolución de Modificaciones a la RMF 2025. Dicha versión anticipada contempla los siguientes cambios:

     • Precisiones al procedimiento de solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña para personas físicas (modificación a la regla 2.2.1., décimo segundo párrafo).

   • Precisiones respecto de los requisitos para la generación, actualización o renovación del certificado de e.firma para personas físicas (modificación a la regla 2.2.14., tercer párrafo).

   • Precisiones al registro de solicitud para generación de constancia de situación fiscal o cedula de identificación fiscal para personas físicas. (modificación a la regla 2.4.10., tercer párrafo).

   • Modificaciones al Anexo 1-A RMF 2025.

Ponemos a su disposición el vínculo en el cual se puede consultar la referida publicación:

https://www.sat.gob.mx/minisitio/NormatividadRMFyRGCE/normatividad_rmf_rgce2025.html

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Flash Fiscal No 25 – Octubre 2025

Flash Fiscal No 25 – Octubre 2025

Quinta Resolución de Modificaciones a la RMF 2025 Versión anticipada (primera)

El pasado 26 de septiembre de 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer en su portal de internet la primera versión anticipada de la Quinta Resolución de Modificaciones a la RMF 2025. Dicha versión anticipada contempla los siguientes cambios:

  • Ajuste del procedimiento de aplicación del estímulo fiscal de Regularización Fiscal 2025 en las declaraciones (modificación regla 9.22.).
  •  Vigencia de autorización para organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles (adición del artículo vigésimo quinto transitorio).

Ponemos a su disposición el vínculo en el cual se puede consultar la referida publicación:

https://www.sat.gob.mx/minisitio/NormatividadRMFyRGCE/documentos2025/rmf/anticipadas/5aRM_RMF2025-Primera_version_anticipada_26092025.pdf

 

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Comunicado No 18 – Septiembre 2025

Comunicado No 18 – Septiembre 2025

Visitas de inspección STPS/IMSS

A través de visitas de inspección la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como el Instituto Mexicano del Seguro Social buscan verificar que los patrones cumplan con la legislación y normativas oficiales vigentes, por lo que es importante que los patrones estén listos para demostrar el cumplimento de las mismas y evitar posibles sanciones.

Al momento de ser sujetos de una visita será necesario tener la documentación en tiempo y forma, así como la información soporte para acreditar el cumplimiento sobre condiciones generales de trabajo, capacitación y adiestramiento, seguridad e higiene y subcontratación.

En Fralla contamos con expertos en materia laboral y de seguridad social que pueden apoyarte y asesorarte en la implementación y realización del soporte documental, para el correcto cumplimiento con la legislación laboral y de seguridad social.

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