Noticias Fiscales

Flash General No 1 – Enero 2025

Flash General No 1 – Enero 2025

Unidad de Medida y Actualización

El día de hoy fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) los valores de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), vigentes a partir del 1° de febrero de 2025:


Se proporcionan los valores de la UMA desde su primera publicación en 2016:

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultada dicha publicación:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5746930&fecha=10/01/2025#gsc.tab=0

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Comunicado No 2 – Enero 2025

Comunicado No 2 – Enero 2025

Declaraciones Informativas Subcontratación

Se recuerda que el 17 de enero de 2025 vence la obligación de presentar ante el IMSS e INFONAVIT las Declaraciones Informativas ICOSE y SISUB correspondientes al tercer cuatrimestre de 2024 (septiembre – diciembre).

En FRALLA contamos con un equipo de especialistas que podrán apoyarlos en el proceso de elaboración y presentación de las declaraciones en cuestión.

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Comunicado No 1 – Enero 2025

Comunicado No 1 – Enero 2025

Plan Maestro 2025

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de su Comunicado 01/2025 dio a conocer el “Plan Maestro 2025”, en el cual establece las acciones para alcanzar la meta de recaudación de 5.3 billones de pesos para el ejercicio fiscal 2025, sin la necesidad de crear o aumentar impuestos, así como promover una cultura cívica contributiva, mismo que se basa en tres ejes principales:

1. Atención al contribuyente

Se llevará a cabo la simplificación de trámites y servicios con mayor demanda como la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y e.firma. Se plantea renovar el portal del SAT, potenciar el uso de las aplicaciones móviles para la presentación y pago de declaraciones, consulta de buzón tributario, opinión de cumplimiento y facturación, así como implementar nuevas facilidades para el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

2. Acompañamiento al contribuyente cumplido

El programa destaca la Regularización Fiscal para pequeños contribuyentes con ingresos de hasta 35 millones de pesos, quienes podrán cubrir sus adeudos fiscales con una reducción del 100% sobre recargos, multas y gastos de ejecución.

Se habilita el prellenado de declaraciones para las empresas del sector primario, Régimen de Coordinados y Régimen Opcional de Grupo de Sociedades, con la información de las facturas electrónicas, pagos provisionales y declaraciones anuales.

Se prevé una actualización a la plataforma de declaraciones informativas, en donde podrán presentar en línea, entre otras, la Declaración Informativa Múltiple (DIM), la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), la Declaración Informativa Múltiple del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (Multi-IEPS), facilitando el cumplimiento de esta obligación.

3. Fiscalización contra la evasión y el contrabando

El SAT continuará utilizando herramientas tecnológicas de fiscalización y de intercambio de información con otras autoridades federales para garantizar el correcto cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, llevará a cabo la revisión a sectores económicos con alto riesgo de evasión y de planeaciones a través de sus esquemas reportables, fortalecerá el combate al contrabando y comenzará una fiscalización profunda de las operaciones y participantes del comercio exterior.

Asimismo, mantendrá las acciones de litigio estratégico en tribunales federales y reforzará su participación en contra de la defraudación fiscal, contrabando, emisión y utilización de comprobantes fiscales falsos.

Ponemos a su disposición la liga en la que puede consultar la referida publicación:

https://www.gob.mx/sat/documentos/plan-maestro-2025-enero-2025

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Flash Fiscal No 40 – Diciembre 2024

Flash Fiscal No 40 – Diciembre 2024

PUBLICACIONES DEL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

• Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio fiscal 2025

El día de hoy 30 de diciembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025 y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27, el cual entrará en vigor a partir del 1° de enero de 2025 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2025. Conjuntamente con las modificaciones que pudiera tener a lo largo de dicho ejercicio.

Mediante publicaciones posteriores se hará mención de las modificaciones relevantes a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025.

A continuación, ponemos a su disposición el vínculo en el cual puede ser consultada más a detalle la referida publicación:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5746354&fecha=30/12/2024#gsc.tab=0

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Comunicado No 24 – Diciembre 2024

Comunicado No 24 – Diciembre 2024

Comunicado SAT – Prórroga habilitar Buzón Tributario

 El 30 de diciembre de 2024, el Servicio de Administración Tributaria (“SAT”) dio a conocer un comunicado mediante la cual se informa a los contribuyentes una prórroga para habilitar el Buzón Tributario hasta el 31 de diciembre de 2025; incumplir con esta obligación fiscal después de este plazo será motivo de infracción ya que desde el ejercicio fiscal de 2020 habilitar el Buzón Tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto es obligatorio para todos los contribuyentes personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes.

Les recordamos que el servicio del Buzón Tributario es el medio de contacto y comunicación por parte de SAT, cuyo objetivo es simplificar la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de interés de manera ágil y segura a los contribuyentes. Para consultas o dudas se puede visitar el siguiente vinculo:

http://omawww.sat.gob.mx/BuzonTributario/Paginas/index.html

En FRALLA contamos con un equipo de especialistas que podrán apoyarlos en el proceso de activación y/o renovación de los medios de contacto mediante el aplicativo del Buzón Tributario.

A continuación, ponemos a su disposición el vínculo en el cual puede ser consultada más a detalle la referida publicación:

https://www.gob.mx/sat/prensa/sat-da-prorroga-para-habilitar-buzon-tributario-074-2024?idiom=es



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Flash Fiscal No 32 – Octubre 2024

Flash Fiscal No 32 – Octubre 2024

Listado Global Definitivo Artículo 69-B CFF

El día 18 de octubre de 2024 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Oficios Nos. 500-05-2024-18415, 500-05-2024-18442, 500-05-2024-18557 y
500-05-2024-18622 mediante los cuales se comunican los listados globales definitivos de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, esto es, aquellos contribuyentes que no desvirtuaron los hechos que las autoridades fiscales en el ejercicio de sus atribuciones y facultades les imputaron y, por tanto, se considera que emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.

Ponemos a su disposición los vínculos donde pueden ser consultadas dichas publicaciones:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5741332&fecha=18/10/2024#gsc.tab=0

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5741333&fecha=18/10/2024#gsc.tab=0

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5741335&fecha=18/10/2024#gsc.tab=0

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5741336&fecha=18/10/2024#gsc.tab=0

 

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Flash Fiscal No 31 – Octubre 2024

Flash Fiscal No 31 – Octubre 2024

Listado Global de Presunción Artículo 69-B CFF

El día 18 de octubre de 2024 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Oficios Nos. 500-05-2024-18379 y 500-05-2024-18517 mediante los cuales se comunican los listados globales de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, esto es, aquellos contribuyentes que fueron detectados por las autoridades fiscales a través del ejercicio de sus atribuciones y facultades, emitiendo comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, por lo que se presume la inexistencia de las operaciones amparadas con dichos comprobantes.

Ponemos a su disposición los vínculos donde pueden ser consultadas dichas publicaciones:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5741331&fecha=18/10/2024#gsc.tab=0

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5741334&fecha=18/10/2024#gsc.tab=0

 

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Flash Fiscal No 30 – Octubre 2024

Flash Fiscal No 30 – Octubre 2024

Segunda Modificación al Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024

El 15 de octubre de 2024 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) la Segunda Modificación al Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 correspondiente a las fichas de trámites fiscales, mediante la cual se modificaron ciertas fichas de trámite relativas al Código Fiscal de la Federación, así como al Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultada dicha publicación:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5741091&fecha=15/10/2024#gsc.tab=0

 

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Flash Fiscal No 27 – Septiembre 2024

Flash Fiscal No 27 – Septiembre 2024

Estímulos Fiscales para Incentivar el Uso de Medios de Pago Electrónicos

El 2 de septiembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos (El Decreto) aplicables a “El Buen Fin” que se llevará a cabo del 15 al 18 de noviembre de 2024.

El Decreto otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que, mediante un sorteo, premien a los tarjetahabientes que realicen compras de bienes o de servicios en ese periodo, utilizando medios electrónicos de pago como tarjetas bancarias y departamentales. El importe de los premios otorgados se podrá acreditar contra el impuesto sobre la renta propio o el retenido a terceros sin que la suma total del monto exceda en su conjunto 500 millones de pesos.

Asimismo, se podrá aplicar este estímulo respecto de las compras de bienes o servicios realizadas mediante tarjetas de servicios operadas en México, por entidades comerciales que no pertenezcan al sistema financiero, que a través de un contrato que regule el uso de las mismas, permitan a sus usuarios personas físicas su utilización en diversos comercios afiliados a dichas entidades diferentes a la emisora de la tarjeta.

El acreditamiento contra el impuesto sobre la renta a su cargo o el retenido a terceros podrá realizarse, hasta agotarse, a partir del mes siguiente a aquél en el que se realice la entrega de premios a cada ganador y una vez que se haya entregado al SAT la información que determine a través de las reglas de carácter general.

En materia de contribuciones locales, el Decreto establece que los impuestos estatales que se generen con motivo de la obtención de los premios del sorteo realizado por el SAT serán cubiertos por la Federación a la entidad federativa donde se entregue el premio a través de los procedimientos previstos en las leyes de la materia.

Finalmente, se establece que, los beneficiarios no se encontrarán obligados a presentar el aviso establecido por el Código Fiscal de la Federación en materia de acreditamientos de estímulos fiscales y el importe de los premios entregados a las personas físicas, derivados del sorteo, no se considerarán ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultada dicha publicación:

DOF – Diario Oficial de la Federación

 

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Comunicado No 19 – Septiembre 2024

Comunicado No 19 – Septiembre 2024

Presentación Dictamen IMSS 2023

Estimados patrones, les recordamos que el 30 de septiembre de 2024 es la fecha límite para la presentación del dictamen sobre el cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social correspondiente al ejercicio fiscal de 2023.

Recordemos que conforme al artículo 16 de la Ley del Seguro Social, los patrones que cuenten con un promedio anual de trescientos o más trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior están obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Adjuntamos el vínculo al portal del IMSS para el cumplimiento de la citada obligación:

https://www.imss.gob.mx/sideimss

 

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