Noticias Fiscales

Comunicado No 16 – Septiembre 2025

Comunicado No 16 – Septiembre 2025

¿BENEFICIARIO CONTROLADOR?

En julio del presente año fue publicada la Reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (“LFPIORPI” o coloquialmente conocida como “Ley Antilavado”). Como parte de dicha Reforma se precisó que cuando los sujetos obligados (quienes realizan actividades vulnerables) celebren operaciones con clientes que sean personas morales, fideicomisos u otras figuras jurídicas deberán recabar documentos u otros medios de identificación que permitan identificar a su beneficiario controlador conforme a las reglas de carácter general.

Derivado de dicha Reforma ha habido confusión respecto al cumplimiento de dicha obligación y la obligación establecida en el Código Fiscal de la Federación (“CFF”) en materia de beneficiarios controladores. Es importante precisar que la obligación de identificar al beneficiario controlador en términos de la Ley Antilavado es aplicable a aquellas personas que realizan actividades vulnerables (sujetos obligados) en términos de dicha Ley exclusivamente y, como se mencionó, la obligación es respecto de identificar al beneficio controlador de sus clientes, cuando estos sean personas morales, fideicomisos u otras figuras jurídicas.

No obstante, es importante tener en consideración que, como parte de las modificaciones al CFF para el ejercicio 2022, se estableció la obligación para las personas morales, las fiduciarias, los fideicomitentes o fideicomisarios, en el caso de fideicomisos, así como las partes contratantes o integrantes, en el caso de cualquier otra figura jurídica, de obtener y conservar, como parte de su contabilidad, y a proporcionar al Servicio de Administración Tributaria (SAT), cuando dicha autoridad así lo requiera, la información fidedigna, completa y actualizada de sus beneficiarios controladores (personas físicas o grupo de personas físicas que, entre otros, obtienen el beneficio derivado de la participación en la persona moral, fideicomiso o figura jurídica o bien que ejercen el control de dichas entidades). Esto es, la obligación establecida en el CFF resulta aplicable a todos los contribuyentes que sean personas morales, entre otros, sin importar la actividad económica que realicen.

Adicionalmente, se ha detectado que en fechas recientes las autoridades fiscales han comenzado a realizar revisiones respecto de la referida obligación establecida en el CFF y, en caso de que la autoridad fiscal estime que no se ha dado cumplimiento correctamente a la obligación, se han impuesto las multas correspondientes que pueden resultar significativas.

Con el fin de dar contestación de forma oportuna y correcta a los requerimientos que las autoridades fiscales pudieran realizar respecto de la obligación de identificar a los beneficios controladores en términos del CFF y así evitar la imposición de sanciones, en FRALLA podemos apoyar a nuestros clientes en este proceso que incluye la elaboración del manual para la identificación, la revisión y compilación de documentación para integrar los expedientes en términos de las disposiciones fiscales, entre otras actividades relacionadas con la obligación.
                                                                         

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Comunicado No 15 – Septiembre 2025

Comunicado No 15 – Septiembre 2025

ESTÍMULO DE REGULARIZACIÓN FISCAL

El 19 de agosto de 2025 la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) dio a conocer un documento en el que recuerda a los contribuyentes los plazos y requisitos para la aplicación del programa de regularización previsto en la Ley de Ingresos de la Federación para el 2025, el cual brinda la oportunidad de ponerse al corriente en adeudos fiscales con algunos beneficios fiscales como lo son la condonación de recargos, multas y gastos de ejecución correspondientes.

Para adherirse a este programa de regularización es necesario que los contribuyentes presenten la solicitud de autorización correspondiente a más tardar el 30 de septiembre de 2025.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultado el documento citado:

https://www.prodecon.gob.mx/wp-content/uploads/2025/08/Banner-Estimulo-de-regularizacion-fiscal.pdf

En FRALLA contamos con personal especializado para analizar tu situación y acompañarte durante todo el proceso de regularización.


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Comunicado No 14 – Agosto 2025

Comunicado No 14 – Agosto 2025

Amplía el Servicio de Administración Tributaria los servicios en aplicaciones digitales.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) agregó diversos trámites que se pueden realizar a través de las aplicaciones “Factura SAT Móvil”, “SAT Móvil” y “SAT ID”, alineadas con la estrategia de simplificación y digitalización del Gobierno de México.

En la aplicación “Factura SAT Móvil”, se agregó una función que permite incorporar en las facturas de ingreso o traslado complementos como carta porte y otros derechos e impuestos, según corresponda.

En el caso de la aplicación “SAT Móvil”, se incluyó un apartado en el que se pueden consultar y descargar los acuses de las declaraciones, así como la consulta y descarga de la opinión del cumplimiento.

Finalmente, con la actualización a la aplicación “SAT ID”, es posible solicitar el envío mensual recurrente de la Constancia de Situación Fiscal, por correo electrónico.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultado dicho comunicado:

https://www.gob.mx/sat/prensa/actualiza-sat-servicios-en-aplicaciones-digitales

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Comunicado No 13 – Agosto 2025

Comunicado No 13 – Agosto 2025

Sistema Único de Autodeterminación

A partir del 22 de agosto de 2025 se encuentra disponible la nueva versión 3.6.7 del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), el programa informático del Instituto Mexicano del Seguro Social que ayuda a los patrones en México a calcular, generar y presentar los pagos de las cuotas obrero-patronales, aportaciones al Infonavit y al Sistema de Ahorro para el Retiro.

En esta versión se consideran los cambios para dar cumplimiento a la reforma a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de febrero de 2025, que contempla que los patrones deben seguir realizando los descuentos para el pago de los créditos a cargo de sus trabajadores, incluso cuando tengan ausencias o incapacidades, siempre y cuando se cumpla con las limitantes establecidas en la Ley del Seguro Social.

Les recordamos que el período de inicio y aplicación de la reforma será a partir del pago de salarios correspondientes al cuarto bimestre de 2025, esto es por los meses de julio y agosto, cuyo pago deberá realizarse a más tardar el 17 de septiembre de 2025.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultada dicha actualización:

https://www.imss.gob.mx/patrones/sua

 

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Flash General No 14 – Agosto 2025

Flash General No 14 – Agosto 2025

Envío recurrente de tu Constancia de Situación Fiscal de manera mensual

El 8 de agosto de 2025 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer una facilidad para obtener de manera recurrente la Constancia de Situación Fiscal con la Cédula de Identificación Fiscal (CIF) de manera mensual por un periodo de 12 meses. Para poder obtenerla debes seguir los siguientes pasos:

1.- Ingresar al sitio SAT ID (www.satid.sat.gob.mx) à Seleccionar Constancia de Situación Fiscal;
2.- Proporciona tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y correo electrónico;
3.- Selecciona la casilla “requiero recibir mi Constancia de Situación Fiscal con CIF en formato PDF de forma periódica”;
4.- Recibirás un correo con un código que debe deberás ingresar;
5.- Captura o adjunta tu identificación oficial y graba el video con la frase proporcionada.


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Flash General No 13 – Agosto 2025

Flash General No 13 – Agosto 2025

Índice Nacional de Precios al Consumidor

El 8 de agosto de 2025 el Instituto Nacional de Estadística y Geografía dio a conocer, a través del Diario Oficial de la Federación, el Índice Nacional de Precios al Consumidor para el mes de julio de 2025, el cual corresponde a 140.780.

Dicho índice muestra una variación de 0.27 por ciento respecto del índice correspondiente al mes de junio de 2025, que fue de 140.405, generándose una inflación acumulada para el ejercicio de 2025 de 2.05 por ciento.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultada dicha publicación:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5765047&fecha=08/08/2025#gsc.tab=0

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Flash Fiscal No 23 – Julio 2025

Flash Fiscal No 23 – Julio 2025

Listados Globales Definitivos Artículo 69-B CFF

El 11 de julio de 2025 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Oficios Nos. 500-05-2025-17071 y 500-05-2025-17218, mediante los cuales se comunican los listados globales definitivos de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, esto es, aquellos contribuyentes que no desvirtuaron los hechos que las autoridades fiscales en el ejercicio de sus atribuciones y facultades les imputaron y, por tanto, se considera que emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.

Ponemos a su disposición los enlaces mediante los cuales se puede consultar la referida publicación:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5762725&fecha=11/07/2025#gsc.tab=0

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5762726&fecha=11/07/2025#gsc.tab=0

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Flash Fiscal No 22 – Julio 2025

Flash Fiscal No 22 – Julio 2025

Listado Global de Presunción Artículo 69-B CFF

El 11 de julio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Oficio No. 500-05-2025-17046, mediante el cual se comunica el listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, esto es, aquellos contribuyentes que fueron detectados por las autoridades fiscales a través del ejercicio de sus atribuciones y facultades, emitiendo comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, por lo que se presume la inexistencia de las operaciones amparadas con dichos comprobantes.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultada dicha publicación:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5762724&fecha=11/07/2025#gsc.tab=0

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Flash General No 11 – Julio 2025

Flash General No 11 – Julio 2025

Índice Nacional de Precios al Consumidor

El 10 de julio de 2025 el Instituto Nacional de Estadística y Geografía dio a conocer, a través del Diario Oficial de la Federación, el Índice Nacional de Precios al Consumidor para el mes de junio de 2025, el cual corresponde a 140.405.

Dicho índice muestra una variación de 0.28 por ciento respecto del índice correspondiente al mes de mayo de 2025, que fue de 140.012, generándose una inflación acumulada para el ejercicio de 2025 de 1.78​ por ciento.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultada dicha publicación:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5762570&fecha=10/07/2025#gsc.tab=0

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Flash General No 10 – Julio 2025

Flash General No 10 – Julio 2025

Entrada en vigor “Ley Silla”

Te recordamos que el pasado 17 de junio de 2025 entró en vigor la denominada “Ley Silla”, que impone a los patrones proveer el número suficiente de asientos o sillas con respaldo a todos los trabajadores en los sectores de servicios, comercio y centros de trabajo análogos, para la ejecución de sus funciones o para el descanso periódico durante la jornada laboral, buscando prohibir que se obligue a los trabajadores a permanecer de pie durante toda su jornada laboral o les permita tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones.

En este sentido, los patrones que no respeten esta normativa podrán enfrentar multas de entre 250 y 2,500 veces la UMA, que van de $28,285 a $282,850 pesos y, en casos de reincidencia, suspensiones temporales de actividades. Asimismo, los trabajadores podrán denunciar irregularidades de forma anónima ante la STPS o la PROFEDET.

Ponemos a su disposición el vínculo donde puede ser consultada dicha publicación:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5745676&fecha=19/12/2024#gsc.tab=0

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