Flash Fiscal No 16 – Junio 2024
El 4 de junio de 2024 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 (“Primera RMF 2024”) y sus Anexos 1, 1-A, 9, 11, 14, 15, 23, 29 y 30, la cual en términos generales entró en vigor al día siguiente de su publicación, esto es el 5 de junio de 2024, excepto por aquellas disposiciones dadas a conocer de manera anticipada.
Mediante dicha publicación destacan las siguientes reformas:
- Inscripción en el RFC
Se confirma la publicación realizada mediante la segunda versión anticipada de la Primera RMF 2024, a través de la cual se estableció la posibilidad de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (“RFC”) de mexicanos que viven en el extranjero sin obligaciones fiscales en México; personas físicas que únicamente perciban ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, así como de personas físicas sin obligaciones fiscales, atendiendo para tales efectos a lo previsto por la ficha de trámite 321/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas a través de oficina virtual” contenida en el Anexo 1-A de la RMF 2024.
- Reanudación de actividades en el RFC de contribuyentes suspendidos del RESICO
Mediante la publicación de la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 publicada en el DOF el 18 de octubre de 2023 y, posteriormente, en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 publicada en el DOF el 29 de diciembre de 2023, se estableció la posibilidad, para los contribuyentes personas físicas que hubieran sido suspendidos de tributar en términos del Régimen Simplificado de Confianza (“RESICO”) por haber detectado que en un ejercicio fiscal, no emitieron comprobantes fiscales, no presentaron pago mensual alguno, ni la declaración anual del ejercicio fiscal, de reanudar su situación fiscal atendiendo a lo establecido en dicha regla, facilidad que se mantiene mediante la publicación de la Primera RMF 2024.
- Factor de acumulación por depósitos o inversiones en el extranjero
Llama la atención que, expirada la fecha para la presentación de la declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2023, las autoridades fiscales dan a conocer el factor de acumulación aplicable al monto del depósito o inversión al inicio del ejercicio fiscal de 2023, el cual es de 0.0000; sin embargo, en el aplicativo para la presentación de la declaración anual mencionada se consideraba el factor de 0.0000.
- Anexo 1 Primera RMF 2024
Se da a conocer el “Formato de Inscripción al RFC a través de oficina virtual”.
- Anexo 9 RMF 2024
Se da a conocer la tabla que contiene los factores para la actualización de deducciones, tratándose de personas físicas que obtengan ingresos por la enajenación de bienes inmuebles y que ejerzan la opción prevista por la regla 3.15.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.
Ponemos a su disposición el vínculo en el cual puede ser consultada la referida publicación:
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5729388&fecha=04/06/2024#gsc.tab=0
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